La Audiencia Provincial de Albacete fija en 37.819,45 € la cantidad que le tendrá que abonar la ex pareja a una cliente de nuestro despacho, al entender que durante casi toda la relación sentimental ella colaboró en la gestión y llevanza de los negocios de él.
El Juzgado de Primera Instancia desestimó esta pretensión al entender que no se había acreditado que el demandante “se haya aprovechado de los servicios o del trabajo realizado gratuitamente” por su ex pareja.
Sin embargo, la Audiencia Provincial estimó el recurso formulado por nuestro despacho, al entender que la prueba practicada permitía “concluir que efectivamente la demandada colaboró con el demandante en la gestión y llevanza de los negocios”.
Y tras ello, fija la indemnización multiplicando la base de cotización del salario mínimo interprofesional por el número de meses que duró la relación (descontando aquellos en los que la cliente estuvo contratada por su pareja).